Trámites y Requisitos para el Manejo De Sustancias Químicas Controladas Y/O Vigiladas
Pasos necesarios para la obtención de permisos y autorizaciones. Toda la información actualizada para el manejo legal de sustancias químicas.
| TÍTULO | VER MÁS |
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| Trámites para el Manejo de Sustancias Químicas Controladas Y/O Vigiladas | |
| Requisitos para la Obtención de Registro y Licencia de Operación para el Manejo de Sustancias Químicas Controladas Y/O de Vigilancia | |
| Renovación de Licencia de Operación | |
| Requisitos para el Permiso de Importación, Exportación o Reexportación | |
| Requisitos para Permiso de Transporte en el Territorio Nacional (De Provincia a Provincia) | |
| Requisitos para el Permiso de Tránsito Aduanero | |
| Requisitos para el Permiso de Trasbordo de Sustancias de un Transporte o Otro, con Destino al Exterior | |
| Requisitos para la Modificación de Licencia (Inclusión de Nuevas Sustancias) | |
| Costos de Licencias | |
| Costo de Permisos | |
| Uso Doméstico |
Trámites para el Manejo de Sustancias Químicas Controladas Y/O Vigiladas:
1. Inscripción
- Las personas naturales o jurídicas que realizan actividades en las cuales se involucran sustancias químicas controladas y vigiladas, establecidas en los Cuadros I y II del Anexo de la Convención de Viena de 1988, así como las sustancias vigiladas del Cuadro de la República de Panamá, deberán inscribirse en la Unidad de Control de Químicos (UCQ).
2. Inspección Ocular
- Previo al otorgamiento de la licencia, la UCQ realizará una inspección ocular a las personas naturales o jurídicas que se dedican al manejo de sustancias químicas co9ntroladas y/o vigiladas, así como los lugares que guarden relación con el manejo de estas sustancias químicas.
3. Licencia de Operación
- Toda persona natural o jurídica, deberá contar con una licencia de operación, previa inspección ocular, para manejar precursores o sustancias químicas controladas y vigiladas, expedida por la Unidad de Control de Químicos, por tres años, la cual no puede ser transferida.
4. Renovación de Licencia
- Para que una persona natural o jurídica pueda renovar su licencia para realizar actividades con sustancias químicas controladas y vigiladas, deberá cumplir con los mismos requisitos exigidos originalmente para obtenerla.
- Además, deberá cumplir otros requisitos adicionales que la Unidad de Control de Químicos (UCQ) haya establecido posteriormente mediante resoluciones.
- La solicitud de renovación debe ser presentada al menos 30 días antes de que la licencia actual venza. Si no se presenta en ese plazo, corre el riesgo de quedar sin autorización legal para operar hasta que se le emita una nueva licencia.
5. Permiso
- Actividades que requieren permisos
- Importación
- Exportación
- Reexportación
- Transporte
- Tránsito Aduanero
- Almacenaje
- Compra Local
- Inclusión de sustancias químicas
- Ampliación de cantidad anual solicitada
- Ampliación de actividades
- Descarte de sustancias químicas
- Donación de sustancias químicas
Requisitos para la Obtención de Registro y Licencia de Operación para el Manejo de Sustancias Químicas Controladas Y/O de Vigilancia:
- Poder y solicitud por medio de un abogado.
- Completar formulario de registro y licencia otorgado por la UCQ, con la firma y datos generales del representante legal y de la persona responsable de vigilar el cumplimiento de los controles establecidos en la Ley N°19 de 2005.
- Fotocopia de la cédula de identidad personal del representante legal o pasaporte vigente en caso de ser extranjero o persona responsable.
- Copia del aviso de operación autenticado.
- Copia del Certificado del Registro Público autenticado.
- Copias de la cédula, diploma, idoneidad del profesional químico, empleado responsable de la empresa.
La licencia tiene una vigencia de tres (3) años, prorrogable mediante renovación, siempre que se mantenga el cumplimiento de los requisitos técnicos, legales y administrativos. (Pregunta)
Renovación de Licencia de Operación:
Los operadores industriales deberán presentar con treinta (30) días de anticipación a la fecha de caducidad de la licencia, una solicitud dirigida al (a la) coordinador (a), a la que se le adjuntarán los requisitos del artículo 19 de la Ley N° 19 de 2005 y artículo 15 del Acuerdo N° 07-2012, adicional los siguientes documentos:
- El documento original de la licencia de operación por caducarse, para las sustancias controladas.
- Estar al día con los reportes mensuales y la proyección anual estimada, si le aplica.
- Recibo de pago del derecho para la renovación de la licencia de operación.
La empresa debe mantener actualizados los documentos y las medidas de seguridad.
El no renovar a tiempo puede implicar la suspensión de operaciones.
Observación: Si una persona natural o jurídica no ha renovado la licencia de operación en el plazo establecido en el Capítulo V de la Ley N° 19 de 2005, la UCQ, a solicitud concederá un plazo de sesenta (60) días de gracia. Transcurrido dicho plazo se sancionará al infractor con una multa del diez por ciento (10%) del valor de la renovación de la licencia de operación y por cada mes de retraso un adicional del cinco por ciento (5%), sin prejuicio del pago de multas por otras infracciones.
Requisitos para el Permiso de Importación, Exportación o Reexportación:
- Nombre del solicitante, RUC o licencia comercial; nombre completo del representante legal o persona autorizada, número de cédula o de pasaporte, dirección, número de licencia emitida por la UCQ, teléfono, fax y el correo electrónico del solicitante.
- Nombre completo del profesional químico de la empresa, número de cédula y de idoneidad.
- Nombre y códigos numéricos con que figuran en el Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías (S. A.), de la Organización Mundial de Aduanas (OMA) indicado para cada sustancia química controlada.
- Número CAS.
- Densidad de la sustancia.
- Peso neto del producto en kilogramos o volumen de la sustancia en litros (Sistema Métrico Decimal). Uso específico de la sustancia o producto en sus procesos.
- Cantidad e identificación de contenedores en su caso.
- Fecha estimada de embarque de la importación, exportación o reexportación.
- Lugar de origen, puntos de embarque, vía de ingreso y punto de ingreso y en el caso de exportación o reexportación el lugar de destino.
- Nombre, dirección, número de teléfono, fax, correo electrónico, del exportador e intermediario.
- Pago del permiso al banco para los productos controlados.
- Nombre y firma del solicitante: profesional químico con sello de idoneidad o persona autorizada.
Con las solicitudes de permiso se acompañarán los siguientes documentos, según la actividad:
1) Trámite de Importación
- a) Permiso de Transporte
-En caso de transporte aéreo, aportar la Guía aérea
-En caso de transporte marítimo, el Bill of Lading (Conocimiento de embarque)
-En caso de transporte terrestre, la Carta Porte y Manifiesto
- b) Pre-Declaración o Declaración de Movimiento Comercial (DMC).
- c) Factura
- d) Lista de Empaque
- e) Comprobante de Pago, en caso de sustancia controlada
2) Trámite de Exportación
- a) Permiso de transporte
-En caso de transporte aéreo, aportar la Guía aérea
-En caso de transporte marítimo, el Bill of Lading (Conocimiento de embarque)
-En caso de transporte terrestre, la Carta Porte y Manifiesto
- c) Pre-Liquidación o Declaración de Movimiento Comercial (DMC)
- d) Factura
- e) Lista de Empaque
- f) Comprobante de pago, en caso de sustancia controlada
3) Trámite de Re-Exportación
- a) Permiso de Importación de entrada de la sustancia al país, aprobado por la UCQ
- b) Permiso de transporte
– En caso de transporte aéreo, aportar la Guía aérea
– En caso de transporte marítimo, el Bill of Lading (Conocimiento de embarque)
– En caso de transporte terrestre, la Carta Porte y Manifiesto
- c) Pre-Declaración y/o Declaración de Movimiento Comercial (DMC), según sea el caso
- d) Booking
- e) Factura
- f) Lista de Empaque
- g) Comprobante de pago, en caso de sustancia controlada
Observación: Se podrá autorizar mediante nota emitida por el representante legal o personas debidamente autorizadas por este, a una persona natural o jurídica para que realice, en su nombre, el trámite de permisos ante la UCQ, adjuntando la copia de la cédula de identidad personal de quien autoriza y del tramitarte.
El permiso emitido por la UCQ, tendrá una vigencia de ciento ochenta (180) días, contados a partir de la fecha de su expedición.
Requisitos para Permiso de Transporte en el Territorio Nacional (De Provincia a Provincia):
- Nombre, dirección, número de licencia emitida por la UCQ, teléfono, fax y el correo electrónico del solicitante.
- Nombre, dirección, número de teléfono, fax, correo electrónico, de la persona natural o jurídica dueña de la carga.
- Nombre de la sustancia química controlada y/o de vigilancia y peso neto del producto en kilogramos o volumen de la sustancia en litros (Sistema Métrico Decimal).
- Número CAS.
- Densidad de la sustancia.
- Datos generales del vehículo que serán utilizados para efectuar el movimiento de la sustancia.
- Nombre, cédula y licencia vigente del conductor o conductores que operarán el equipo o equipos de transporte que serán utilizados para efectuar el movimiento.
Con la solicitud debe adjuntarse lo siguiente:
En caso del transporte, los documentos se indican en los artículos 24 y 25 del acuerdo, según la actividad (importación, exportación, reexportación, compra).
Observación:
- Las personas naturales o jurídicas registradas ante la UCQ, que cuenten con vehículos propios registrados y autorizados por la UCQ, no requerirán permiso de transporte, en caso contrario, deberán efectuar este movimiento con transportistas registrados y autorizados por la UCQ.
- Cuando el vehículo transporte la sustancia de una provincia a otra, se requerirá del permiso de transporte correspondiente, no así cuando la movilización sea dentro de la misma provincia.
- En caso de importaciones, exportaciones o reexportaciones, por vía terrestre, que presenten cambios en la carta porte, la empresa notificará a la UCQ mediante nota suscrita por el representante legal o persona autorizada y presentará la documentación correspondiente, indicando las generales del vehículo y los datos del nuevo conductor, adjuntado copia de cédula y licencia de conducir.
Requisitos para el Permiso de Tránsito Aduanero:
- Nombre, dirección, número de registro o licencia emitida por la UCQ, teléfono, fax y correo electrónico de la agencia naviera.
- Nombre de la sustancia química controlada y/o de vigilancia y peso neto del producto en kilogramos o volumen en litros (Sistema Métrico Decimal).
- Número CAS.
- Densidad de la sustancia.
- Nombre del barco, nombre y cédula o pasaporte del capitán, número de IMO, uso específico de la sustancia en barco, ETA, Agencia Naviera, número de SIN y lugar del puerto de Panamá donde va a transitar.
La solicitud de tránsito aduanero debe acompañarse de la siguiente documentación:
- Copia del Pasaporte del Capitán del barco
- Factura o Cotización del proveedor
- Declaración de Movimiento Comercial (DMC), si está en Zona Franca
Requisitos para el Permiso de Trasbordo de Sustancias de un Transporte o Otro, con Destino al Exterior:
Con la solicitud debe adjuntarse lo siguiente:
- Guía aérea o Booking o Carta Porte y Manifiesto, según sea el caso.
- Factura
- Lista de Empaque
Requisitos para la Modificación de Licencia (Inclusión de Nuevas Sustancias):
Para agregar nuevas sustancias químicas controladas y/o vigiladas a las ya autorizadas en la licencia de operación, se deben presentar los siguientes requisitos:
- Solicitud formal de solicitud firmada por el representante legal/apoderado o autorizado de la empresa, justificando la necesidad de agregar la(s) nueva(s) sustancia(s) y detallar su uso.
- Actualización de las páginas 5, 6 y 7 del formulario de registro completo y firmado, que especifique las nuevas sustancias que desea incorporar.
La UCQ puede programar una visita para verificar si la empresa cuenta con las condiciones de seguridad para el manejo de nuevas sustancias (opcional).
- REQUISITOS PARA LA AMPLIACIÓN DE ACTIVIDAD O ACTIVIDADES
Los operadores que ya cuenten con una licencia de operación y deseen modificarla para ampliar la(s) actividad(es) autorizada(s), deben cumplir con ciertos requisitos:
- Solicitud formal de solicitud firmada por el representante legal/apoderado o autorizado de la empresa, especificando claramente la(s) nueva(s) actividad(es) que se desee incorporar y justificar la razón por la cual se requiere la ampliación de la licencia.
- Adjuntar la documentación actualizada de la empresa: Aviso de Operación y Certificado del Registro Público actualizado.
La UCQ puede programar una visita para verificar si la empresa cuenta con las condiciones de seguridad para el manejo de sustancias (opcional).
Costos de Licencias:
Las personas naturales o jurídicas que se dediquen al manejo de sustancias químicas controladas y de vigilancia de los Cuadros I y II del Anexo de la Convención de Viena de 1988, así como las establecidas por la CONAPRED, podrán optar por las siguientes licencias de operación:
- Licencia de Operación de Control Tipo A:
Se emitirá a las personas naturales o jurídicas que manejen sustancias químicas controladas y de vigilancia, con fines de transformación o distribución.
La Licencia de Operación de Control Tipo A, tendrá un costo de CIENTO CINCUENTA BALBOAS CON 00/100 (B/.150.00) y una vigencia de tres (3) años.
- Licencia de Operación de Control Tipo B:
Se emitirá a las personas naturales o jurídicas que manejen sustancias químicas controladas y de vigilancia solo para uso directo.
La Licencia de Operación de Control Tipo B, tendrá un costo de SETENTA Y CINCO BALBOAS CON 00/100 (B/.75.00) y una vigencia de tres (3) años.
Las personas naturales o jurídicas que se dediquen únicamente al manejo de sustancias químicas establecidas en el Cuadro de Vigilancia de Panamá, podrán optar por las siguientes licencias de operación:
- Licencia de Operación de Vigilancia Tipo A:
Se emitirá a las personas naturales o jurídicas que manejen sustancia química de vigilancia con fines de transformación y distribución. Esta licencia tendrá una vigencia de tres (3) años y será emitida sin ningún costo.
- Licencia de Operación de Vigilancia Tipo B:
Se emitirá a las personas naturales o jurídicas que manejen sustancias químicas de vigilancia solo para uso directo. Esta licencia tendrá una vigencia de tres (3) años y será emitida sin ningún costo.
Costo de Permisos:
- Los permisos de compra local tendrán un costo de CINCO BALBOAS CON 00/100 (B/.5.00).
- Los permisos de importación tendrán un costo de QUINCE BALBOAS CON 00/100 (B/.15.00).
- Los permisos de exportación tendrán un costo de QUINCE BALBOAS CON 00/100 (B/.15.00).
- Los permisos de nacionalización no tendrán costo.
- Los permisos de transporte no tendrán costo alguno, pero se verificará la información contenida en la solicitud de permiso, la cual debe coincidir con la documentación que porta el transportista al momento de ingresar al país.
Uso Doméstico:
Únicamente las sustancias químicas establecidas en el Cuadro II de control de Panamá, podrán ser vendidas en cantidades consideradas como uso doméstico, cinco litros (5L) para químico líquido, y un kilogramo (1Kg) o 2.2 libras para químico sólido, según la Ley N° 19 de 2005, sin permiso emitido por la UCQ.
Las personas naturales o jurídicas deberán mantener las facturas por un periodo de dos (2) años.
Las facturas deberán contener lo siguiente:
- Número de factura y fecha de su emisión.
- Nombre de la persona natural o jurídica o razón social y dirección, del comprador.
- Producto y cantidad vendida.
Las sustancias del Cuadro I del Anexo de la Convención de Viena de 1988 no son consideradas de uso doméstico.
